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Eliminan el requisito de aplicar a un curso de ascenso para comisionado general de la PNC

Los elementos de la Policía Nacional Civil (PNC) que tienen la categoría de comisionado ya no tendrán que esperar a tener cinco años de servicio activo en dicha categoría, las nuevas disposiciones aprobadas por los diputados reducen este requisito a tres años y tampoco tendrán que someterse a un curso de ascenso.

Con 62 votos de Nuevas Ideas y sus aliados, la Asamblea legislativa aprobó las “Disposiciones Especiales Transitorias para regular el Procedimiento de Asenso a Comisionado General de la Policía Nacional Civil (PNC)”, para regular los criterios y el procedimiento para el ascenso a la categoría de “Comisionado General” de la PNC.

El decreto avalado ayer deroga las disposiciones transitorias para el ascenso a comisionado general emitidas en mayo de 2019, la cuales establecieron los siguientes requisitos para optar al ascenso:

Deberán ser graduados de la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), de las promociones primera, segunda o tercera del Nivel Superior.

Encontrarse en servicio activo y haber prestado como mínimo servicio efectivo de cinco años en la categoría de comisionado.

No haber sido condenado penalmente durante el ejercicio de los cargos.

Carecer en el historial de servicio de anotación de sanción disciplinaria por falta grave o muy grave no cancelada, de acuerdo en lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de la Carrera Policial.

En las nuevas disposiciones se establecen los siguientes criterios:

Tres años de servicio activo en la categoría de comisionado.

Puesto de trabajo estratégico que desempeñe dentro de la PNC o en la ANSP.

El mérito en el desempeño profesional de comisionado.

Conocimientos especializados en las áreas estratégicas de la PNC o la ANSP en las cuales se requiere de calificadas aptitudes y actitudes.

Se mantiene entre los requisitos que no tenga en su historial sanciones disciplinarias ni condenas penales.

En las disposiciones de 2019, se estableció un Tribunal Especial de Ascenso para la categoría de Comisionado General (TEACG) integrado por el ministro de Justicia y Seguridad Publica, director de la PNC y director de la ANSP y quienes deberán sustituirlos en casos que aspiren a comisionado general.

En el nuevo decreto el Tribunal Especial, se establece “para evaluar” el ascenso en la categoría de Comisionado General y mantiene en su integración al ministro de Seguridad Pública y a los directores de las PNC y ANSP.

Se elimina en el nuevo decreto los artículos referidos al curso de ascenso a Comisionado General que debían aprobar, el cual duraba dos meses.

Se establece que el ministro de Justicia y Seguridad Pública podrá realizar el o los nombramientos a la categoría de Comisionado General “cuando así lo estime pertinente de acuerdo a las necesidades institucionales”.

En la correspondencia suscrita por el ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, se señala que es necesario “determinar un trámite más expedito y cuya competencia directa la ejerza el señor Presidente de la República”.

Agrega que dictaminará “las disposiciones pertinentes” para adecuar y actualizar la estructura de la organización y cuadros de mando del personal policial. Las disposiciones transitorias tendrán una duración hasta el 30 de mayo de 2024.

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